Exención del IGIC para aquellos autónomos con un volumen de operaciones de hasta 50.000 euros anuales

El Gobierno de Canarias acaba de anunciar una medida histórica que promete aliviar la carga fiscal y, sobre todo, la temida burocracia: la ampliación de la exención del IGIC para aquellos autónomos con un volumen de operaciones de hasta 50.000 euros anuales.

Hasta ahora, los autónomos canarios de menores ingresos ya contaban con un pequeño respiro: existía un régimen de franquicia que les eximía de liquidar el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC), pero el límite estaba fijado en 30.000 euros anuales.

Sin embargo, el vicepresidente y consejero de Economía, Industria, Comercio y Autónomos, Manuel Domínguez, ha anunciado una importante subida de este tope. A partir del 1 de julio de 2026, el paraguas se hace mucho más grande: todos los autónomos que facturen menos de 50.000 euros al año quedarán exentos de este impuesto.

El objetivo principal de esta medida es rebajar las cargas administrativas y fiscales de los pequeños negocios, adaptándose a la realidad económica actual.

Con esta medida, los autónomos que no superen el umbral dejarán de repercutir el IGIC y de presentar las cuatro autoliquidaciones trimestrales.

Al pasar el corte de los 30.000 € a los 50.000 €, el número de beneficiarios se dispara. Según los datos del Gobierno, se calcula que esta ampliación de la exención aliviará el día a día de hasta 11.000 autónomos canarios. Esta medida está especialmente pensada para proteger a los emprendedores desde que ponen en marcha su actividad hasta su consolidación.

Esta novedad fiscal no llega sola. Según ha explicado el Gobierno, la iniciativa se enmarca dentro del llamado Plan Respaldo Autónomo, una estrategia más amplia que busca proteger a los trabajadores por cuenta propia frente a situaciones de vulnerabilidad.

Este plan incluye también otras medidas muy demandadas por el sector, tales como:

  • Apoyo a la conciliación laboral y familiar.
  • Ayudas directas para la contratación de personal.
  • Cobertura y apoyo durante las bajas por incapacidad laboral.
  • Ayudas a la inversión mediante la bonificación de intereses.

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