Nuevas bases de cotización para autónomos societarios y colaboradores familiares
A través de la Orden PJC/297/2026, se han establecido nuevas bases mínimas que suponen un incremento económico para perfiles muy concretos.
Esta medida no impacta a todos los trabajadores por cuenta propia por igual. La subida se dirige de forma específica a:
- Autónomos societarios.
- Autónomos colaboradores.
El cambio radica en que la normativa ha vinculado la base mínima de cotización de estos autónomos a la del grupo 7 del Régimen General. Esto se traduce en las siguientes cifras concretas:
La base mínima pasa de 1.000 euros a 1.424,40 euros en 2026. Este incremento representa una subida de más del 42 % en la base.
En la cuota mensual, esto supone pagar cerca de 135 euros más al mes.
El aspecto más delicado de esta actualización es cómo y cuándo se va a exigir este pago.
La propia Orden PJC/297/2026 establece que, durante el año 2026, los autónomos afectados pueden mantener provisionalmente su base de cotización anterior. Sin embargo, esto es solo un retraso del pago. Cuando la Seguridad Social proceda a hacer la regularización, exigirá a estos trabajadores que paguen la diferencia si no la han corregido previamente.
Hay que tener en cuenta que la regularización correspondiente al ejercicio 2026 está prevista que se realice a finales de 2027 o a inicios de 2028. Llegado ese momento, la Administración exigirá el abono de la deuda acumulada.
Si formas parte del colectivo de autónomos societarios o colaboradores, lo más prudente es adelantarse a la regularización. Ajustar la base de cotización a los nuevos 1.424,40 euros desde ya, evitando tener que hacer frente a un pago acumulado de más de 1.500 euros dentro de un par de años.
