Nuevas limitaciones a las reducciones en el IRPF por aportaciones a sistemas de previsión social (Planes de Pensiones)

El pasado 29 de diciembre de 2021 se publicó en el BOE la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2022 (LPGE 2022), en el que se han introducido nuevas limitaciones a las reducciones en el IRPF por aportaciones a sistemas de previsión social (Planes de Pensiones)

ANTECEDENTES

2020

Hasta 2020, la reducción en la base liquidable del IRPF por aportaciones a sistemas de previsión social era la misma tanto para los planes de pensiones individuales como para los planes de pensiones de empleo.

En ambos casos, el límite máximo de reducción ascendía al menor entre 8.000 euros y el 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas recibidos individualmente en el ejercicio (más 5.000 euros para las primas a seguros colectivos de dependencia satisfechas por la empresa).

Además, el contribuyente podía reducir su base liquidable en un importe de hasta 2.500 euros por aportaciones a sistemas de previsión social de su cónyuge, siempre que los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas de este no superaran los 8.000 euros.

2021

La Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2021 redujo de 8.000 a 2.000 euros el importe anual máximo de aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social con derecho a reducción. No obstante, el importe máximo de reducción ascendía a 10.000 euros, siempre que el incremento proviniera de contribuciones empresariales.

Redujo de 2.500 a 1.000 euros el límite anual máximo de aportaciones con derecho a reducción realizadas a los sistemas de previsión social en favor del cónyuge.

Redujo también de 8.000 a 2.000 euros el límite anual máximo para el conjunto de las reducciones practicadas por todas las personas que satisfagan primas a seguros privados que cubran exclusivamente el riesgo de dependencia severa o de gran dependencia a favor de un mismo contribuyente, incluidas las del propio contribuyente.

2022

Para 2022 se limitan aún más las reducciones en la base liquidable:

Se reduce de 2.000 a 1.500 euros el importe anual máximo de aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social con derecho a reducción.

Este límite se incrementará en 8.500 euros (es decir, hasta 10.000 euros), cuando el incremento provenga de contribuciones empresariales o de aportaciones del trabajador al mismo instrumento de previsión social, si las aportaciones del trabajador igualan o son inferiores a la contribución empresarial. Es decir, es necesario que las aportaciones de la empresa sean superiores o iguales a las del trabajador.

Finalmente, se reduce de 2.000 a 1.500 euros el límite anual máximo para el conjunto de las reducciones practicadas por todas las personas que satisfagan primas a seguros privados que cubran exclusivamente el riesgo de dependencia severa o de gran dependencia a favor de un mismo contribuyente, incluidas las del propio contribuyente.

WhatsApp chat